Más de 20 organizaciones de Uruguay y de la región enviamos una carta a la Cámara de Senadores para pedir que se retire del proyecto de Ley de Presupuesto los artículos referidos a la implementación de una base de datos de identificación facial en el Ministerio del Interior. A continuación compartimos el texto de la carta. Para conocer mejor el contexto, les invitamos a leer este artículo de Datysoc, así como a ver algunas de las entrevistas que nos realizaron sobre el tema. [1], [2], [3].


Montevideo, 17 de Noviembre de 2020

Cámara de Senadores de la República Oriental del Uruguay

Asunto: Organizaciones de la sociedad civil y académicas expresan su preocupación por Arts 178 y 179 del Proyecto de Ley de Presupuesto 2020-2024 de Uruguay.

Las abajo firmantes, organizaciones de la sociedad civil y académicas, dedicadas al estudio de políticas públicas de Internet y a la defensa de derechos fundamentales, nos dirigimos a ustedes a fin de expresar nuestra preocupación por las disposiciones establecidas en el proyecto de Ley de Presupuesto que cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados.

Más precisamente, la preocupación surge de las disposiciones de los artículos 178 y 179 del proyecto de Ley de Presupuesto que prevén la creación una base de datos de “Identificación Facial” para su tratamiento con fines de seguridad pública a cargo de la Secretaría del Ministerio del Interior. Esta base se creará migrando los datos de la base que actualmente se encuentra a cargo de la Dirección Nacional de Identificación Civil encargada de emitir la cédula de identidad. Los artículos otorgan al Ministerio del Interior una amplia discrecionalidad en cuanto a qué uso se le dará a la base de identificación facial, o sea, que incluye cualquier tipo de uso enmarcado en los cometidos de la Ley Orgánica Policial.

El Ministerio del Interior ya ha contratado un software de reconocimiento facial automatizado, por lo que puede inferirse que el uso que se pretende dar a esta base de identificación facial es la de vigilancia automatizada mediante algoritmos de reconocimiento facial. Varios estudios recientes [1], [2], [3] advierten que la mayoría de los sistemas de reconocimiento facial comerciales tienen sesgos importantes y demuestran ser tecnologías aún inmaduras. Los organismos internacionales de Derechos Humanos han advertido sobre los potenciales peligros de abuso y recomiendan a los países su regulación por ley analizando el alcance detallado de su uso, la necesidad y proporcionalidad. En el año 2020 conocidas empresas tecnológicas decidieron moratorias en la oferta de sus soluciones de reconocimiento facial automatizado a los gobiernos solicitando que su uso sea regulado por la vía parlamentaria y varias ciudades del mundo decidieron prohibir su uso con fines de vigilancia policial. El gran nivel de sensibilidad de este tema y su posible afectación de derechos humanos ameritan que el asunto tenga un debate parlamentario profundo, algo imposible de lograr en el marco de una Ley de Presupuesto que incluye cientos de artículos de los más diversos temas.

Las organizaciones firmantes consideramos que esta clase de modificaciones con riesgos para la vigencia de los derechos fundamentales necesitan de un debate informado con participación de las múltiples partes interesadas, algo que resulta imposible en el marco de la sanción del Presupuesto Nacional.

Atentamente,

Laboratorio de Datos y Sociedad (datysoc.org), Uruguay

DATA Uruguay

PODER (Proyecto sobre Organización, Desarrollo, Educación e Investigación)

OBSERVACOM (Observatorio Latinoamericano de Regulación, Medios y Convergencia)

Hermandad Pro-Derechos, Uruguay

Cieenpre (Centro de Investigación, Educación y Encuentro Popular Rebellato)

Remeros con Discapacidad de Ciudad de la Costa

Casa Bertolt Brecht, Uruguay

Fundación Vía Libre, Argentina

Fundación Karisma, Colombia

TEDIC, Paraguay

Derechos Digitales · América Latina

Access Now

Cotidiano Mujer, Uruguay

Uruguay Transparente

CAINFO

Amnistía Internacional Uruguay

Sursiendo, Comunicación y Cultura Digital (México)

Fundación Huaira (Quito-Ecuador)

ARTIGO 19 Brasil e América do Sul

Asociación por los Derechos Civiles – Argentina

Creative Commons Uruguay

Fundación Datos Protegidos – Chile


1 comentario

Martha Vendrell · 25 de noviembre de 2020 a las 11:33

Con esta gente multicolor diversa sin criterios claros y con ausencia d un verdadero y certero programa d gobierno y peor aun con un Ministro del Interior sin rumbo confundiendo orden y autoridad con autoritarismo confundiendo acciones sin lograr una ruta certera en su gestion concluye una lamentable distorcion confundiendo autoridad con lineamientos sin orden q llevan a actuar con criterios distorsivos y discriminatorios segun lugares donde se lleva a cabo su intervencion.Lamentable x donde se lo mire o estudie.Resumiendo:Un ministro sin autoridad q llega al cargo haciendo lo q mal criticaba d su antecesor.Recomiendo consultar para una gestion d verdad al Sociologo Gustavo Leal.

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